El pasado 18 de enero de 2016, entró en vigor el formulario de solicitud de acuerdo extrajudicial de pago aprobado por Orden del Ministerio de Justicia (Orden JUS 2831/2015, de 17 de diciembre) para facilitar el acceso y el inicio del proceso que debería llevar a muchos, autónomos y ciudadanos de a pie, a redimir sus deudas y recibir, si todo sale bien durante el proceso, una segunda oportunidad.
Aunque ya está prevista la cumplimentación y gestión online de este formulario para notarios, registradores y cámaras de comercio en la página de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para comunicar la designación del mediador concursal, no parece tan claro cómo iniciar el proceso ante tales sujetos por parte de los deudores necesitados de una segunda oportunidad.
El contenido que debe tener el formulario es, en resumen, el siguiente: datos identificativos de la persona solicitante, concurrencia de las condiciones de acceso al procedimiento, inventario de bienes y derechos y lista de acreedores, etc.
Confíe en Intuita para que le ayudemos en este largo y complicado proceso legal y nosotros lo iniciaremos mediante su presentación ante notarios, registradores o cámaras de comercio.
José León-Castro Gómez